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Procesos de Consultas Indígenas del Ministerio de Minería

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¿Qué es la consulta a los Pueblos Indígenas?

Es un derecho de los pueblos indígenas y una obligación para el Estado, que emana del convenio 169 de la OIT. Este señala que los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.

De igual modo, según el Convenio las Consultas deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.


¿Cómo se realiza la consulta previa?

La consulta debe realizarse mediante procedimientos apropiados y, en particular, a través de instituciones representativas de las comunidades indígenas consultadas. Además, debe efectuarse de buena fe y con la finalidad u objeto de llegar a acuerdo o lograr el consentimiento de las comunidades acerca de las medidas consultadas.